LOS ESPACIOS PÚBLICOS, ESPACIOS DE CONVIVENCIA

ELS ESPAIS PÚBLICS, ESPAIS DE CONVIVÈNCIA

Los espacios públicos como  calles, plazas, jardines, equipamientos cívicos, centros culturales y deportivos… son lugares de paso, de encuentro entre personas conocidas y desconocidas, de relación entre vecinos y vecinas de todas las edades y condición social. Son, por tanto, espacios de convivencia.

El mantenimiento de estos espacios (por ejemplo, reparar los desperfectos o sustituir mobiliario urbano degradado) corresponde al Ayuntamiento, pero es responsabilidad de todos los ciudadanos y ciudadanas conservarlos, como  si fuera nuestra casa, pero también la casa de todos.


Así pues, debemos procurar:

  • Evitar hacer actividades que los degraden y que puedan molestar o perjudicar a otros vecinos (ruidos, ocupación de la vía pública o la calle).

  • Cuidar el mobiliario público y respetarlo.

  • No hacer pintadas ni grafitis en las paredes u otros espacios.

  • No pegar carteles ni publicidad fuera de los espacios asignados.

  • Utilizar las papeleras.

  • Si tenemos animales, recoger los excrementos.

  • No dejar basura fuera de los contenedores.

  • Está prohibida la práctica de juegos de apuestas en la vía y los espacios públicos que impliquen dinero o bienes.

  • En ningún caso el ejercicio de la mendicidad podrá comportar la presión, la demanda insistente o coactiva, ni ninguna molestia para los viandantes.

  • Mobiliario público. Los equipamientos de la vía pública (papeleras, contenedores, bancos, cabinas telefónicas...), que pagamos entre todos, son un servicio básico y muy necesario para la ciudadanía; por tanto, es importante hacer de ellos un buen uso y comunicar al Ayuntamiento cualquier desperfecto.

Si no cuidamos estos espacios, las administraciones públicas deben hacer más gasto para limpieza y mantenimiento, gasto que reduce los presupuestos de otras áreas como educación, servicios sociales, salud, etc.

Para hacer ciertas actividades individuales o colectivas (fiestas, ferias, etc.) que impliquen la ocupación puntual de la vía pública (la calle) es importante conocer lo que establecen las ordenanzas municipales sobre eso y solicitar permiso al Ayuntamiento. Cuando la actividad es económica (una parada comercial, tocar música en la calle) es necesario disponer de la licencia municipal correspondiente.

No cumplir las normas de civismo y convivencia puede ser objeto de sanciones económicas como las multas (multes). La Administración pública también puede obligar a la reparación de los daños (quien rompa una papelera o una señal de tráfico, por ejemplo, la deberá pagar). El cumplimiento de la sanción se puede hacer mediante medidas sustitutivas (mesures substitutòries) o fórmulas alternativas, como, por ejemplo, trabajos comunitarios (trabajar para el mantenimiento del espacio público, colaborar con una entidad social,  participar en cursos sobre civismo, etc.).