¿Qué familiares podemos reagrupar?

Quins familiars podem reagrupar?

Los familiares reagrupables son el cónyuge de la persona residente (en ningún caso se puede reagrupar más de un cónyuge aunque la ley personal del solicitante permita la poligamia); los hijos e hijas de la persona residente y/o de su cónyuge, (siempre que sean menores de edad y que no estén casados); también se puede reagrupar a los padres o madres de la persona residente o de su cónyuge y los padres o madres de español, siempre que sean mayores de 65 años, que dependan económicamente del reagrupante y que existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España (en este caso el reagrupante deberá tener residencia de larga duración).