Lo podemos solicitar los residentes legales que hayamos residido legalmente en España durante un año y que estemos autorizados a residir en España al menos 1 año más, siempre que dispongamos de suficientes ingresos económicos, alojamiento adecuado en España y que se cumplan los requisitos contemplados reglamentariamente. Si se quiere reagrupar un ascendente debemos tener una autorización de larga duración.