¿Las personas víctimas de violencia doméstica podemos conseguir una autorización de residencia?

Les persones víctimes de violència domèstica podem aconseguir una autorització de residència?

Las mujeres extranjeras que se encuentren en España en situación irregular y sean víctimas de violencia de género, pueden solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales a partir del momento en que se haya dictado una orden de protección a su favor o, en su defecto, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género. Esta solicitud de residencia y trabajo dejará en suspenso o provocará la revocación del procedimiento administrativo sancionador que se pudiera tramitar en relación con su situación irregular.

No obstante, si la mujer extranjera víctima de violencia de género ya hubiera presentado una solicitud de autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales, podrá solicitar una autorización provisional de residencia y trabajo a su favor. La autorización provisional así concedida concluirá en el momento en que se conceda o deniegue definitivamente la autorización por circunstancias excepcionales.

Si la mujer víctima de violencia de género es titular de una autorización de residencia por reagrupación familiar vinculada a la autorización de residencia de su cónyuge agresor, puede obtener la autorización de residencia y trabajo independiente, desde el momento en que se haya dictado a su favor una orden judicial de protección o, en su defecto, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género.

Por otro lado, en los supuestos de extinción del contrato de trabajo o la suspensión de la relación laboral como consecuencia de ser víctima de violencia de género, la autorización de residencia y trabajo será renovada en el momento de su expiración.