Interrupción de la actividad laboral. La acuerdan los trabajadores de una empresa, sector profesional o comarca y tiene el propósito de reforzar una acción reivindicativa, como por ejemplo la mejora de los salarios, la reducción de la jornada laboral, la mejora de las pensiones… Cuando la huelga es de toda la comunidad se denomina huelga general.
Tipo de visado que permite a los nietos o hijos de españoles de origen entrar en territorio español, inscribirse como solicitantes de trabajo a los servicios públicos de ocupación y permanecer en España durante 3 meses. Este visado se regula dentro del Acord de Contingent / Acuerdo de Contingente.
Tipo de visado dirigido a las personas extranjeras que quieran trasladar su residencia a España por un período superior a los 3 meses. Se solicita a los consulados y embajadas españolas en el exterior. Para obtener una autorización de residencia en España es necesario haber obtenido de manera previa ese visado. El visado incorpora la autorización inicial de residencia por 1 año, renovable.
Autorización que pide una persona que dispone de una oferta o de un contrato de trabajo, o sea, que trabajará por cuenta de otra persona, el empresario. El empresario debe presentar la solicitud de autorización de residencia y trabajo a la Oficina de Extranjeros correspondiente y el interesado debe solicitar y recoger el visado en el consulado o embajada españoles en su país de origen. Una vez en España, el trabajador extranjero debe dirigirse a la Oficina de Extranjeros correspondiente para solicitar la Targeta d'Identitat d'Estranger (TIE) / Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) .
Autorización que pide una persona que pretende trabajar en España como autónomo, es decir, por su cuenta (artesanos, comerciantes, agricultores, profesionales...). La debe solicitar al consulado o embajada españoles en su país de origen. Una vez en España, el trabajador extranjero debe dirigirse a la Oficina de Extranjeros correspondiente para solicitar la Targeta d'Identitat d'Estranger (TIE) / Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) .
Se concede a los extranjeros que no lleven a cabo ninguna actividad laboral porque disponen de suficientes medios económicos para residir en España (casos de pensionistas o rendistas).