EL EMPADRONAMIENTO

L'EMPADRONAMENT

El empadronamiento (empadronament) es el acto de registrarse en el Ayuntamiento de residencia habitual y que determina que aquella persona es considerada vecina de esa población. Así pues, el padrón municipal (padró municipal) es un registro administrativo donde constan obligatoriamente los datos referidos a los nombres y apellidos, domicilio habitual, sexo, nacionalidad, lugar y fecha de nacimiento, DNI, NIE o documento análogo y nivel de estudios de la persona inscrita. El empadronamiento lo tenemos que hacer en la Oficina de Atención al Ciudadano (Oficina d'Atenció al Ciutadà) del municipio de residencia.

Podemos empadronarnos todas las personas que residamos en Cataluña con independencia de nuestra situación administrativa, y por tanto es válido, para empadronarnos, el pasaporte. Las personas extranjeras que disponemos de tarjeta de identidad de extranjero debemos utilizar este documento para empadronarnos. En el caso de los demandantes de asilo es válido para el empadronamiento el documento provisional de solicitante de asilo, en el caso de que no dispongamos de pasaporte.

El empadronamiento se convierte en un acto de gran trascendencia, ya que de él se deriva una serie de derechos y deberes. Entre otros:

Para empadronarnos es necesario, aparte del documento de identidad del solicitante, acreditar la disponibilidad de alojamiento mediante las escrituras de propiedad (escriptures de propietat) de la vivienda, el contrato de alquiler (contracte de lloguer) o cualquier otro documento que acredite la titularidad de la vivienda, como, por ejemplo, la factura de los suministros (subministraments). Si no somos ni el propietario ni el inquilino, deberemos estar autorizados por estos para empadronarnos, y por tanto, deberemos acreditarlo mediante un documento de autorización, o bien el propietario o el inquilino deberá acompañarnos en el momento de empadronarnos.

Los ciudadanos extranjeros extracomunitarios que no dispongamos de residencia de larga duración en España deberemos renovar cada 2 años nuestra inscripción en el padrón municipal. En caso contrario, el Ayuntamiento nos dará de baja del padrón.