Principio que debe inspirar las relaciones laborales en España y en toda la Unión Europea, de cumplimiento obligado, y se refiere a: el sexo, el estado civil, el origen racial o étnico, la condición social, la religión o convicciones, las ideas políticas, la orientación sexual, la afiliación a un sindicato, la lengua, las disminuciones psíquicas o físicas.